miércoles, 24 de abril de 2019

Instrumentos de Gestión Forestal (IGF)

1. Introducción. 

Los Instrumentos de Gestión Forestal (IGF) son los documentos que tienen por objeto la organización de un monte o grupo de montes con el objetivo de conseguir la persistencia, el rendimiento sostenido y el máximo de utilidades, planificado, de acuerdo con las técnicas selvícolas y dasocráticas adecuadas (Extremambiente, 2018). 

Se tiene la experiencia en la redacción de 10 IGF aprobados en Extremadura, que ocupan una superficie de 1.181 ha. En la actualidad, se está trabajando en la redacción de 6 IGF más, cuyas fincas ocupan un área de más 600 ha.

Los IGF hacen posible planificar, a corto, medio y largo plazo, de manera racional, la totalidad de los usos como la protección del medio físico, ganaderos, cinegéticos, corcheros, social y aprovechamientos de cada monte como la madera, leña, frutos, corcho, ganadero, pastos, caza, pesca, setas (Extremambiente, 2018).

2. Alcance de los IGF. 
Además de la redacción de los IGF, se ofertan las Gestiones Administrativas necesarias tramitación y posterior aprobación del IGF por el Servicio de Ordenación y Gestión Forestal de su provincia (Badajoz o Cáceres) de la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio de la Junta de Extremadura.

Los IGF constan de dos Documentos: Memoria y Cartografía. La Memoria se subdividirá en distintos apartados como Antecedentes, Inventario (Estado Legal, Estado Natural y Estado Forestal), Planificación (Fundamentos y Fines, Plan General y Plan Especial). La Cartografía será realizada con un Sistema de Información Geográfica (SIG).
 

3. Calidad de los IGF.

El equipo técnico garantiza que el IGF redactado cumplirá con las exigencias de los propietarios y del Servicio de Ordenación y Gestión Forestal de la Dirección General de Medio Ambiente de la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio de la Junta de Extremadura.


Desde todo momento habrá un diálogo continuo con la Propiedad, para una correcta toma de decisiones, tanto desde el punto de vista técnico como legal y que los propietarios conozcan el desarrollo de la PLANIFICACIÓN del IGF.

Dentro de la Ley Agraria de Extremadura en su artículo 254, los IGF del resto de montes o de partes de los mismos serán promovidos por la propiedad y redactados, dirigidos y supervisados por profesionales con titulación forestal universitaria (Ingenieros Técnicos Forestales o Ingenieros de Montes) de conformidad con lo establecido en el artículo 33.4 de la Ley 43/2003, de Montes.
4. Documentación requerida para la aprobación de los IGF.
 

Para la tramitación y posterior aprobación del IGF por el Servicio de Ordenación y Gestión Forestal de su provincia (Badajoz o Cáceres).
4.1. Documentación técnica.
  • 1 copia en papel del IGF y Tabla resumen de actuaciones firmada por el técnico redactor del IGF (Extremambiente, 2019).
  • 3 copias del IGF en soporte digital que incluya: Memoria, Datos de inventario, Archivos de cálculo, Tabla resumen de actuaciones y Cartografía (pdf y shape) (Extremambiente, 2019).  

4.2. Solicitud de Aprobación de Instrumento de Gestión Forestal.


4.2.1. Pago de tasas (Modelo 50).  

Las tasas a pagar a través del modelo 50 pueden verse en la Tabla 1.                

Tabla 1. Tasas aplicadas a los Instrumentos de Gestión Forestal.
Aprobación de IGF
Tasa (€)
Proyecto de Ordenación de Montes
120,64
Plan Técnico de Ordenación de Montes
97,31
Revisión y Seguimiento Anual de los IGF
Montes Ordenados más del 50 % pies alcornoques o aprovechamiento madera
Tasa (€)
Proyecto de Ordenación de Montes
36,21
Plan Técnico de Ordenación de Montes
29,20
Resto de terrenos con IGF
Tasa (€)
Proyecto de Ordenación de Montes
24,14
Plan Técnico de Ordenación de Montes
19,46
                                                                                                                                                                         Fuente: Adaptado de Extremadura, 2018.

5. Beneficios de los IGF. 
 

La aprobación del IGF tiene una serie de beneficios para la propiedad entre los que destacan:
  • Exención del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) de la zona regenerada durante 15 años. 
  • Reducción del 75 % en la base imponible del Impuesto de sucesiones y donaciones.
  • No se integrarán en la base imponible del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) a las subvenciones concedidas.
  • En los aprovechamientos maderables y leñosos la solicitud de autorización se sustituye por una declaración responsable del aprovechamiento.
  • Incluye la planificación de la prevención de incendios forestales.
  • Facilita la certificación forestal FSC/PEFC.
  • Prioridad a la hora de obtener subvenciones o ayudas públicas (Regeneración en Terrenos Adehesados e Implantación Sistemas Agroforestales).

Para más información no dude en contactar: 

Jacob Andrada
Ingeniero de Montes
Ingeniero Agrónomo


Teléfono móvil: 647 89 59 22
Correo electrónico: jacobandrada@gmail.com




Fuentes:
Extremadura. 2018. Resolución de 25 de enero de 2018, de la Vicepresidenta y Consejera, por la que se publican las tarifas actualizadas de las tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura en virtud de lo dispuesto en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2018. Diario Oficial de Extremadura, 31 de enero de 2018, núm. 22, p. 4.504-4.684. Disponible en:
http://portaltributario.juntaex.es/PortalTributario/c/document_library/get_file?uuid=c09d9899-e59b-4d2d-b459-8b45276f9b4a&groupId=10136.

Extremambiente. Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio. D. G. Medio Ambiente. Junta de Extremadura. http://extremambiente.juntaex.es/index.php. (Abril, 2019).