miércoles, 2 de octubre de 2013

Convocatorias

Congreso Ibérico de la Dehesa y el Montado.

La Consejería de Empleo, Empresa e Innovación, a través del Centro de Investigaciones Científicas y Tecnológicas de Extremadura (CICYTEX; Instituto del Corcho, la Madera y el Carbón Vegetal y el Centro de Investigación Finca La Orden) y la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía del Gobierno de Extremadura, en el proyecto RITECA II (Red de investigación Transfronteriza de Extremadura Centro y Alentejo) en colaboración con la Asociación para la Defensa de la Naturaleza y los Recursos de Extremadura (ADENEX), la Universidad de Extremadura, la Asociación de Gestores de la Dehesa y el Instituto de Ciencias Agrárias y Ambientales Mediterréneas (ICAAM-Universidad de Évora), organizan el I Congreso Ibérico de la Dehesa y el Montado los días 6 y 7 de noviembre en la Institución Ferial de Badajoz (IFEBA).

 
Fuente: http://riteca.eu/pages/congreso_dehesa.





 


Fuente: http://extremambiente.gobex.es/index.php
http://riteca.eu/pages/congreso_dehesa


 

lunes, 12 de agosto de 2013

Ayudas

Subvenciones para el desarrollo socioeconómico de las tierras no agrícolas y conservación y mejora del patrimonio rural para los años 2013-2014.

La Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía ha publicado el Decreto 139/2013, de 30 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras de subvenciones a Ayuntamientos para la ejecución de actuaciones destinadas a contribuir al desarrollo socioeconómico de las tierras no agrícolas y a la conservación y mejora del patrimonio rural, y se efectúa la primera convocatoria en el ejercicio 2013-2014.


Subvenciones para el desarrollo socioeconómico de las tierras no agrícolas y conservación y mejora del patrimonio rural 2013-2014 disponible aquí.


Las ayudas serán tramitadas por el procedimiento de concurrencia competitiva mediante convocatoria periódica, destinadas a contribuir al desarrollo socioeconómico de las tierras no agrícolas y a la conservación y mejora del patrimonio rural.

Subvenciones para el desarrollo socioeconómico de las tierras no agrícolas.

Ayuntamientos de municipios localizados en alguna de las siguientes Áreas Protegidas de Extremadura: Parque Nacional de Monfragüe, Parques Naturales de Cornalvo y Tajo Internacional, Reserva Natural Garganta de los Infiernos, Monumentos Naturales Cueva del Castañar, Fuentes de León, Mina La Jayona y Los Barruecos y los Parques Periurbanos de Conservación y Ocio Finca La Sierra, Dehesa de Moheda Alta y La Pisá del Caballo.

Las acciones subvencionables como la realización de trabajos de mejora medioambiental, destinados a mejorar la calidad del hábitat y el estado de conservación de las especies amenazadas en los bosques (tratamientos selvícolas y repoblaciones o densificaciones forestales, trabajos de conservación de la flora autóctona protegida, eliminación de especies de flora exótica, conservación de árboles singulares y bosques o bosquetes de individuos de especial valor natural, restauraciones ambientales y recuperación de parajes naturales con fines paisajísticos y de mejora de la vegetación autóctona y los ecosistemas para la fauna silvestre, restauración y mejora de parques periurbanos, restauración de áreas degradadas o eliminación de escombreras, restauración ecológica y paisajística de ríos y riberas, restauración de humedales, construcción y/o acondicionamiento y mejora de muladares, acondicionamiento de cercados y recuperación de las cercas tradicionales de piedras) y creación o acondicionamiento de infraestructuras vinculadas al uso público (nuevos senderos, equipamientos ambientales, observatorios, miradores, aparcamientos y merenderos).


Subvenciones para la conservación y mejora del patrimonio rural.
 
Pueden solicitarlas los ayuntamientos de municipios que presenten un porcentaje igual o superior al 50 % de su municipio en la Red Natura 2000 (Anexo III.A) o presenten en su municipio una Zona de Especial Protección para las Aves, designada por la presencia de cernícalo primilla (Falco naumanni) (Anexo III.B).

Las acciones subvencionables como la organización de seminarios y talleres sobre medio ambiente (red de Áreas Protegidas de Extremadura, actividades forestales y conservación, impacto ambiental en Áreas Protegidas, diseño de medidas correctoras y medidas de conservación, restauración de graveras y áreas degradadas, custodia del territorio, especies protegidas y problemática de especies invasoras), campañas de información y sensibilización (red de Áreas Protegidas de Extremadura, instrumentos de gestión de espacios de Red Natura 2000 de Extremadura, incendios forestales, cambio climático, recogida selectiva de residuos sólidos urbanos, fomento de energías renovables, implantación de sistemas de ahorro y eficiencia energética, buenas prácticas ambientales en el sector empresarial, saneamiento y restauración de áreas degradadas y/o contaminadas, vigilancia y seguimiento de los parámetros ambientales, lucha contra los vertidos incontrolados de residuos urbanos mediante su recogida selectiva y traslado a un centro gestor autorizado, fomento de la práctica del reciclaje y compostaje doméstico, prevención de la contaminación y del cambio climático, especies protegidas y problemática de especies invasoras), proyectos destinados a la adecuación para uso educativo, eco-turístico y de apoyo al desarrollo rural de los espacios incluidos en la Red Natura 2000, proyectos destinados a la recuperación, conservación y mejora del patrimonio natural, construcción o mejora de instalaciones destinadas a la atención de visitantes, proyectos destinados a la mejora del uso público consistentes en la contratación de personal destinado a la atención de visitantes (monitores y vigilantes), edición de material divulgativo destinado a la sensibilización ambiental, así como publicaciones de materias relacionadas con la conservación de la naturaleza y áreas protegidas y acciones destinadas a la mejora y conservación de las poblaciones de cernícalo primilla (Falco naumanni). 


El plazo de presentación de solicitudes comprende desde el 13 de agosto al 10 de septiembre del presente año.


Fuente: http://doe.juntaex.es/ 
http://www.gobex.es/gobex/view/main/index/index.php

jueves, 8 de agosto de 2013

Fauna

Real Decreto 630/2013 Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras.

El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, ha publicado Real Decreto 630/2013, de 2 de agosto, por el que se regula el catálogo español de especies exóticas invasoras.


Real Decreto Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras disponible aquí.

Desde el punto de el punto de vista cinegético y piscícola la especies incluidas en el catálogo de especies exóticas invasoras: 

 - Crustáceos: Cangrejo americano (Procambarus clarkii).
 - Peces: Alburno (Alburnus alburnus).
              Pez gato negro (Ameiurus melas).
              Lucio (Esox lucius).
              Gambusia (Gambusia holbrooki).
              Pez gato punteado (Ictalurus punctatus). 
              Percasol (Lepomis gibbosus).
              Black bass (Micropterus salmoides).
              Lucioperca (Sander lucioperca).
              Siluro (Silurus glanis). 
- Mamíferos: Arruí (Ammotragus lervia) excepto la población de Murcia.
                   Muflón (Ovis musimon) Canarias.
   
 
Disposición adicional quinta. Disposiciones específicas para el cangrejo rojo (Procambarus clarkii) y el arruí (Ammotragus lervia).
1. No será de aplicación a la comercialización de cangrejo rojo destinados a la industria alimentaria, que se regirán por la correspondiente normativa en materia de sanidad y consumo.
2. En las áreas de introducción autorizada del arruí, con anterioridad a la Ley 42/2007 y expansión natural delimitadas cartográficamente en Castilla-La Mancha, Comunidad Valenciana, Andalucía y Extremadura, y en las que sea de aplicación la Disposición Transitoria Segunda, será obligatoria la elaboración de normas, planes o estrategias para su gestión, control y erradicación.
 
Disposición transitoria segunda. Especies catalogadas introducidas en el medio natural con anterioridad a la Ley 42/2007, objeto de aprovechamiento piscícola o cinegético. 
Para evitar que las especies catalogadas objeto de aprovechamiento piscícola o cinegético, introducidas en el medio natural antes de la Ley 42/2007, se extiendan fuera de los límites de sus áreas de distribución anteriores a esa fecha, su gestión, control y posible erradicación, se podrá realizar a través de la caza y la pesca. En todo caso, y tratándose de ejemplares de especies susceptibles de aprovechamiento piscícola, sólo se considerará adquirida su posesión cuando se hayan extraído del medio natural en el marco del citado aprovechamiento y no les resulte posible regresar al mismo. Para los ejemplares de estas especies objeto de caza y pesca, estará permitida la posesión y el transporte de los ejemplares capturados, una vez sacrificados, y cuando sea con fines de autoconsumo (incluido trofeos) o depósito en lugar apropiado para su eliminación. 
Con el objeto de llevar a cabo la gestión, control y posible erradicación de las especies catalogadas con aprovechamiento cinegético o piscícola y limitar su expansión, las comunidades autónomas deberán elaborar una delimitación cartográfica del área donde se podrán realizar estas actividades a través de la caza y la pesca. Esta delimitación deberá basarse en el área de distribución de la especie que figura en el Inventario Español del Patrimonio Natural y la Biodiversidad.
Cuando se detecte la presencia de ejemplares de estas especies fuera de las áreas de distribución anteriormente mencionadas, no se podrá autorizar en esas zonas su aprovechamiento cinegético y piscícola. En este caso, las Administraciones competentes deberán proceder, en la medida de sus posibilidades, a su erradicación.

Disposición transitoria tercera. Sueltas con especies alóctonas no catalogadas objeto de aprovechamiento piscícola o cinegético.
Se permitirá, previa autorización administrativa, las sueltas con especies alóctonas no catalogadas objeto de aprovechamiento piscícola o cinegético y no afectadas por la prohibición del artículo 52.2 de la Ley 42/2007, exclusivamente en los cotos en los que se hayan autorizado antes de la Ley 42/2007. La relación de estos cotos deberá hacerse pública por las comunidades y ciudades autónomas. Se excluyen los cotos con sueltas posteriores a esa fecha o con sueltas ilegales o accidentales. Por parte de las administraciones competentes se fomentará la sustitución progresiva de estas especies por otras autóctonas. En el caso de la especie trucha arco iris (Oncorhynchus mykiss), las sueltas deberán además realizarse exclusivamente con ejemplares criados en cautividad, procedentes de cultivos monosexo y sometidas a tratamiento de esterilidad.


Fuente: http://www.boe.es/

lunes, 5 de agosto de 2013

Caza

Listados definitivos de admitidos al sorteo de la oferta pública de caza temporada 2013/2014.

La Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía ha publicado la Resolución de 30 de julio de 2013, del Consejero, por la que se aprueba la oferta pública de caza, se elevan a definitivos los listados de admitidos al sorteo y se determina la fecha de celebración del mismo.


La celebración del sorteo tendrá lugar el día 12 de agosto de 2013 a las diez de la mañana en la Biblioteca Pública del Estado Jesús Delgado Valhondo en Mérida.

Resolución listados definitivos de admitidos al sorteo de la oferta pública de caza disponible aquí.

Listado admitidos defintivos en el sorteo de la oferta pública de caza en terrenos cinegéticos bajo gestión pública disponible aquí.

Fuente: http://doe.juntaex.es/  

http://extremambiente.gobex.es/index.php


miércoles, 31 de julio de 2013

Web

Revista Monfragüe Resiliente. 

El pasado día 23 de julio, nació la revista científica digital Monfragüe Resiliente para difundir los valores del Parque Nacional extremeño a nivel internacional, con artículos del ámbito científico, universitario o relacionado con la política ambiental iberoamericana. 



Es una revista de ámbito académico, con la colaboración de varias universidades iberoamericanas, entre las que destacan la Universidad Autónoma de México o la Técnica de Lisboa y bajo el patrocinio del Gobierno de Extremadura. Publicación trimestral editada en varios idiomas.

La publicación analizará el concepto de Desarrollo Resiliente, para dar respuesta a la problemática de desigualdad mundial en el acceso, uso y gestión de los recursos naturales, y compatibilizar el desarrollo socio-económico con la conservación de la naturaleza.

En el primer número destacan la presentación del presidente del Gobierno de Extremadura José Antonio Monago, entrevista al Consejero de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía de Extremadura José Antonio Echávarri, y los artículos Algunas consideraciones sobre la resiliencia por Julián Mora director de la revista y la Carta de Monfragüe para la resiliencia del planeta.


Fuente: http://extremambiente.gobex.es/index.php
http://monfragueresiliente.com/index.html
 

jueves, 25 de julio de 2013

Plan Forestal de Extremadura

Plan de Ordenación de los Recursos Forestales de la comarca de Las Hurdes.

Instrumento de planificación, de ámbito subregional o comarcal (Ley 43/2003) que desarrolla a escala táctica las directrices estratégicas en materia de ordenación del uso y gestión de los espacios y recursos forestales de la comarca, atiende a las indicaciones recogidas en el Plan Forestal de Extremadura.

Este documento se expone publicamente y en el próximo mes de septiembre los participantes en el proceso y otros interesados podrán exponer y manifestar sus aportaciones al documento final.



Plan de Ordenación de los Recursos Forestales de la comarca de Las Hurdes disponible aquí.

Fuente: http://extremambiente.gobex.es/index.php

jueves, 18 de julio de 2013

Vídeo

El escarabajo verde. El lamento del lobo.


El lobo (Canis lupus) ha estado al borde de la extinción en Europa Occidental por la presión humana durante el siglo XX. La especie comienza a recuperarse debido principalmente a la normativa comunitaria (Directiva 92/43/CEE) Anexo II (especies animales y vegetales de interés comunitario para cuya conservación es necesario designar zonas especiales de conservación, respecto a las poblaciones españolas, solamente las del sur del Duero), IV (especies animales y vegetales de interés comunitario que requieren una protección estricta, excepto las poblaciones españolas al norte del Duero) y V (especies animales y vegetales de interés comunitario cuya recogida en la naturaleza y cuya explotación pueden ser objeto de medidas de gestión poblaciones españolas al norte del Duero) y su transposición al derecho español en la Ley 42/2007, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, incluye al lobo en el el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial (Real Decreto 139/2011, para el desarrollo del Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y del Catálogo Español de Especies Amenazadas) para las poblaciones de Andalucía, Castilla-La Mancha y Extremadura. En el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura (Decreto 37/2001) está incluido cono especie en Peligro de extinción. Según la Comisión Europea el lobo va a seguir estando protegido al sur del río Duero.


El conflicto aparece con ganadería extensiva, ya que el sector ganadero asegura que la convivencia de este animal con la ganadería es imposible.  Existen algunas medidas para hacer posible la presencia del lobo en zonas de este tipo de ganadería como perros pastores (mastines), protección nocturna en corrales,  vigilancia humana por el día, etc.

El programa entrevista a colectivos favorables a la conservación del lobo como la Asociación para la Conservación y Estudio del Lobo Ibérico (ASCEL) y con LLOBU, una empresa de ecoturismo que defiende que el lobo vivo genera ya recursos económicos con actividades relacionadas a su observación.

Fuente:  http://www.rtve.es/television/escarabajo/
http://www.magrama.gob.es/es/
http://extremambiente.gobex.es/index.php

El lobo (Canis lupus) es un generalista que ocupa gran variedad de medios, mientras le aporten alimento y protección contra el hombre (Blanco, 2011). Es esencialmente carnívoro, cazador de ungulados, tanto silvestres como domésticos, aunque su oportunismo le permite consumir todo tipo de presas y, ocasionalmente, frutos. Consume carroña con frecuencia (Blanco et al., 2007).

Figura 1. Lobo ibérico.
Fuente: Blanco et al., 2007.
Los lobos son carnívoros sociales que viven en manadas jerarquizadas compuestas por una pareja reproductora y sus crías de varios años. Las manadas ocupan territorios de 100 a 500 km2 y suelen constar de cinco a diez ejemplares. En Europa los lobos suelen ser nocturnos, en parte para evitar el contacto con el hombre. Los lobos son muy adaptables y tienen gran resistencia al control y elevada capacidad de colonización (Blanco et al., 2007).

Era el mamífero con mayor área de distribución natural. Se extendía por el Hemisferio Norte por encima del paralelo 20. La persecución durante siglos lo erradicó de la mayor parte de los Estados Unidos (excepto Alaska), México y de gran parte de Europa occidental. En Europa es abundante en Rusia, los países del Este y la Península Ibérica, con poblaciones menores en Escandinavia y en todas las penínsulas mediterráneas. En España ocupa un área continua en el cuadrante noroccidental de unos 120.000 km2; además, en Sierra Morena queda una pequeña población relicta y aislada. La población reproductora  del  noroeste ocupa la mayor parte de Galicia y Castilla y León, gran parte de Asturias y Cantabria y pequeñas porciones de Álava, Vizcaya, La Rioja y Guadalajara (figura 2). Se han extinguido pequeñas poblaciones aisladas en Extremadura y Salamanca (Blanco et al., 2007).


Figura 2. Distribución del lobo en España.
Fuente:  Blanco et al., 2007.

En la Península Ibérica se han descrito dos subespecies de lobo: C. l. signatus y C. l. deitanus. La primera ocuparía toda la Península. La segunda, propia del levante español, resulta dudosa al haberse extinguido sus poblaciones naturales y no conservarse holotipos. La mayoría de los autores internacionales consideran al lobo ibérico como C. l. lupus (Blanco et al., 2007).

En España, en 1988 se estimó una población de 1.500 a 2.000 lobos (Blanco et al., 2007). El 90 % de la población española se encuentra en Castilla y León (54,1%) y Galicia (34%) (Blanco et al., 1992).

Es una especie generalista capaz de vivir en cualquier medio donde encuentre alimento. En España, vive en cotas que van desde el nivel del mar a los 2.000 m en la Cordillera Cantábrica (Blanco et al., 2007).

El hábitat óptimo para el lobo en España presenta fundamentalmente tres características: aporta protección contra el hombre, suficiente alimento y no propicia conflictos entre los lobos y los intereses humanos. Tales áreas suelen tener: 
a) densa cobertura vegetal y escasa densidad de población (unos 10 habitantes/km2).
b) densas poblaciones de corzos y jabalíes, con ganado doméstico que el lobo consume sobre todo en forma de carroña.
c) la caza mayor no representa un recurso económico particularmente importante y el ganado no se maneja en régimen extensivo (Blanco, 2001 citado en Blanco, 2011). 

La actitud por parte del hombre es al menos tan importante como la cobertura vegetal o el alimento. Las campañas de exterminio para evitar daños al ganado relegaron al lobo en el pasado a regiones remotas y deshabitadas, pero la especie es enormemente adaptable y (en ausencia de una severa persecución) puede vivir en áreas densamente pobladas alimentándose de carroñas de animales domésticos. Cuanto mayor sea la tolerancia por parte del hombre, menos requerimientos ecológicos precisarán los lobos para vivir (Blanco, 2001 citado en Blanco, 2011).

Entre las principales amenazas destacan la caza ilegal, envenenamientos y atropellos, efecto barrera de las infraestructuras, hibridación y contaminación.

En Extremadura se considera extinguido como reproductor, aunque hay observaciones recientes, sin confirmar, de presuntos ejemplares en dispersión, sobre todo en el norte de Cáceres, en Hurdes en el límite con Batuecas, Salamanca y el límite de la Sierra de Gata con la Sierra de Malcata en Portugal. Las últimas poblaciones estables extremeñas sobrevivieron hasta la década de 1990 en la Sierra de San Pedro. La última gran manada de lobos (9 ejemplares) fue observada y seguida por Agentes del Medio Natural, desde 1985 hasta 1987 en la provincia de Badajoz (Alburquerque), en la Sierra de San Pedro. Este grupo familiar junto a otros ejemplares que sobrevivían en la parte cacereña de esa misma sierra (Sierra de Santiago y Valencia de Alcántara), en el límite con la Sierra de Sao Mamede en Portugal, fueron siendo eliminados paulatinamente de forma ilegal. La última loba (hembra preñada) de Sierra de San Pedro, cuyo territorio de cría estaba situado en fincas de Alburquerque, murió en la primavera de 1989 atropellada en una de las carreteras en la provincia de Cáceres, y el último lobo macho de Sierra de San Pedro fue matado ilegalmente por la caza furtiva en 1993 en Cáceres. Aunque es posible la recolonización de Extremadura, por el norte en las Hurdes a través de Salamanca y en la Sierra de Gata a través de Portugal, sería necesario contar con el apoyo y aceptación de la población rural (Palacios et al., 2011).

Bibliografía.

Blanco, J.C. y González, J.L. (editores). 1992. Canis lupus. En: Libro rojo de los vertebrados de España. Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. Madrid. Pp. 714. Disponible en: http://www.magrama.gob.es/es/biodiversidad/temas/conservacion-de-especies-amenazada/LOBO_tcm7-20984.pdf

Blanco, J.C.; Sáenz de Buruaga, M. y  Llaneza, L. 2007. Canis lupus (Linnaeus, 1758). Pp. 272-276. En: Palomo, L. J.; Gisbert, J. y Blanco, J. C. (Eds.). 2007. Atlas y libro rojo de los mamíferos de España. Dirección General para la Biodiversidad-SECEM-SECEMU. Madrid. 586 pp. Disponible en: http://www.magrama.gob.es/es/biodiversidad/temas/inventarios-nacionales/47_carni_tcm7-22022.pdf

Blanco, J. C. 2011. Lobo (Canis lupus). Salvador, A. y Cassinello, J. (Eds.). 2011. Enciclopedia Virtual de los Vertebrados Españoles.  Museo Nacional de Ciencias Naturales. Madrid. Disponible en: http://www.vertebradosibericos.org/mamiferos/pdf/canlup.pdf

PalaciosM.J.; Gutiérrez, A.; Zalva, J. y Jiménez, E. 2010. Canis lupus (Linnaeus, 1758). Pp. 324-326. En: Palacios, M.J.; Pérez, J.; Sánchez, A. y Muñoz, P. (coords.). 2010. Catálogo regional de Especies Amenazadas de Extremadura. Fauna I. Consejería de Industria, Energía y Medio Ambiente. Junta de Extremadura. Badajoz. 342 pp. Disponible en: http://extremambiente.gobex.es/files/biblioteca_digital/CREA_2011_definitivo.pdf


miércoles, 17 de julio de 2013

Caza.

Sorteo oferta pública de caza.

Anuncio de 8 de julio de 2013 por el que se da publicidad al listado provisional de admitidos y excluidos en el sorteo de la oferta pública de cazaen terrenos cinegéticos bajo gestión pública.

Se concede un plazo de 10 días contados desde el 18 de julio del 2013 para la subsanación de carencias.

Listado provisional de admitidos y excluidos en el sorteo de la oferta pública de caza en terrenos cinegéticos bajo gestión pública disponible aquí.

Fuente: http://doe.juntaex.es/  

http://extremambiente.gobex.es/index.php