La Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía
ha publicado la Corrección de errores del Decreto 114/2013, de 2 de julio, por el que se
establecen las bases reguladoras de las ayudas a cotos de caza que
realicen actuaciones de mantenimiento, conservación y mejora de los
recursos cinegéticos, y por el que se realiza la convocatoria para la
anualidad 2013.
Corrección errores Decreto 114/2013 ayudas cotos caza disponible aquí.
El error se encuentra en las páginas 16432 y 16433, punto 9 de la disposición adicional primera del Decreto 114/2013. El texto corregido es el siguiente:
9. CRITERIOS DE VALORACIÓN: Las solicitudes se valorarán conforme a los principios de objetividad, igualdad y no-discriminación.
La distribución del crédito presupuestario entre las actuaciones subvencionables se realizará en el siguiente orden hasta agotar el crédito asignado a cada línea de ayudas.
a) Línea 1. Ayudas para sociedades locales de cazadores.
1.º Contratación de guardas de caza para la realización de tareas de vigilancia y gestión de la caza.
2.º Elaboración y actualización de planes técnicos de caza.
3.º Núcleos de aclimatación de conejos para reforzamiento de las poblaciones.
4.º Construcción de majanos para conejos.
5.º Introducción, reintroducción o reforzamiento de conejos.
6.º Adquisición e instalación de unidad comedero-bebedero.
b) Línea 2. Ayudas para titulares de cotos privados de caza.
1.º Núcleos de aclimatación de conejos para reforzamiento de las poblaciones.
2.º Comederos selectivos de jabalí.
3.º Construcción de majanos para conejos.
4.º Introducción, reintroducción o reforzamiento de conejos.
5.º Adquisición e instalación de unidad comedero-bebedero.
6.º Construcción de puntos de agua.
El orden de prelación de las solicitudes se establecerá dentro de cada línea aplicando los siguientes criterios:
a) Tendrán prioridad aquellos cotos de caza cuya superficie esté total o parcialmente incluida en terrenos de la Red Natura 2000.
b) Se colocarán las solicitudes en función del mayor número de actuaciones solicitadas.
c) En caso de empate se atenderá a la fecha de entrada en el Registro único de la Junta de Extremadura.
Fuente: http://doe.juntaex.es/
Corrección errores Decreto 114/2013 ayudas cotos caza disponible aquí.
El error se encuentra en las páginas 16432 y 16433, punto 9 de la disposición adicional primera del Decreto 114/2013. El texto corregido es el siguiente:
9. CRITERIOS DE VALORACIÓN: Las solicitudes se valorarán conforme a los principios de objetividad, igualdad y no-discriminación.
La distribución del crédito presupuestario entre las actuaciones subvencionables se realizará en el siguiente orden hasta agotar el crédito asignado a cada línea de ayudas.
a) Línea 1. Ayudas para sociedades locales de cazadores.
1.º Contratación de guardas de caza para la realización de tareas de vigilancia y gestión de la caza.
2.º Elaboración y actualización de planes técnicos de caza.
3.º Núcleos de aclimatación de conejos para reforzamiento de las poblaciones.
4.º Construcción de majanos para conejos.
5.º Introducción, reintroducción o reforzamiento de conejos.
6.º Adquisición e instalación de unidad comedero-bebedero.
b) Línea 2. Ayudas para titulares de cotos privados de caza.
1.º Núcleos de aclimatación de conejos para reforzamiento de las poblaciones.
2.º Comederos selectivos de jabalí.
3.º Construcción de majanos para conejos.
4.º Introducción, reintroducción o reforzamiento de conejos.
5.º Adquisición e instalación de unidad comedero-bebedero.
6.º Construcción de puntos de agua.
El orden de prelación de las solicitudes se establecerá dentro de cada línea aplicando los siguientes criterios:
a) Tendrán prioridad aquellos cotos de caza cuya superficie esté total o parcialmente incluida en terrenos de la Red Natura 2000.
b) Se colocarán las solicitudes en función del mayor número de actuaciones solicitadas.
c) En caso de empate se atenderá a la fecha de entrada en el Registro único de la Junta de Extremadura.
Fuente: http://doe.juntaex.es/